Calcular aporte obra social
Con nuestra práctica calculadora, podrás averiguar en segundos el aportes obra social y así saber cuál es el monto disponible para derivar a una prepaga.
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La ley 23.660/62 establece que los trabajadores tienen derecho a una obra social. Todos los meses, se toma una parte del sueldo bruto remunerativo de los empleados que trabajan en blanco, y se reparte a la Superintendencia de Salud, a las obras sociales, y también, a las empresas de medicina prepaga.
Se llama desregulación al trámite por el cual una persona económicamente activa puede optar a qué obra social prefiere derivar sus aportes mensuales para recibir su cobertura médica.
Pueden optar por cambiar de obra social, quienes trabajen en relación de dependencia y también los monotributistas que estén haciendo aportes a otra obra social.
SI. Por Ley no se puede ser titular de más de una Obra Social.
Si, haciendo la opción cada uno de ellos por separado o al optar unificar los aportes en la misma solicitud.
Cuando un trabajador percibe una remuneración, con recibo de sueldo y los correspondientes aportes de ley.
Sí, excepto las Obras Sociales Provinciales, Municipales, Fuerzas Armadas, Poder Judicial y DOSUBA.